Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión

Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión

En este artículo explicamos qué requisitos se deben de cumplir y cómo solicitar la Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

La Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión la pueden solicitar los : 1º.-familiares de ciudadano español , 2º.- familiares  de otro Estado miembro de la Unión Europea,  3º.- familiares de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, siempre que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados, cuando se reúnan con el familiar nacional comunitario o le acompañen y vayan a residir en España por un período superior a tres meses.

Normativa aplicable en la solicitud y concesión de la Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión

  • Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2004, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

¿Qué requisitos se deben de acreditar para solicitar la Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión?

Primero.-Acompañar o reunirse con un ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, con derecho a residencia por un período superior a tres meses, por ser trabajador por cuenta ajena o propia.

Segundo.-El ciudadano de la Unión u otro Estado parte del Espacio Económico Europeo, debe cumplir una de las siguientes condiciones:

a) Ser trabajador por cuenta ajena  o  por cuenta propia en España, o

  • Disponer para sí y los miembros de su familia, de recursos económicos suficientes para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
  • La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante.
  • Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva,
  • También deberá aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud.

b) Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional,

  • contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España.
  • declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia para no convertirse en una carga para la asistencia social de España durante su periodo de residencia.
Quizá te interese:  Modificar la situación de estancia a residencia y trabajo por cuenta propia

Tercero.- Tener el siguiente parentesco con el ciudadano de la Unión:

Si es familiar de estudiante podrá ser:

  • Cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio.
  • Pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal e inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la Unión, o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción, lo que deberá ser suficientemente acreditado. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
  • Hijo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de la pareja, menor de veintiún años o mayor de dicha edad que viva a su cargo, o sea incapaz.
  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia estén a cargo o vivan con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia.
  • Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo de su cuidado personal.
  • Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso, se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Las situaciones de matrimonio y pareja se considerarán, en todo caso, incompatibles entre si.

En los demás supuestos podrá ser:

  • Cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio.
  • Pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal e inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la Unión, o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
  • Hijo directo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral como pareja, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que viva a su cargo, o incapaz.
  • Ascendiente directo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja registrada que viva a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de la pareja.
  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia estén a cargo del ciudadano de la Unión.
  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia conviva con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia
  • Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal
  • Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Las situaciones de matrimonio y pareja se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
Quizá te interese:  Documentación para solicitar la nacionalidad española por opción

Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.

¿Qué documentación se va a exigir al solicitar la Autorización de residencia como familiar de la Unión?

1.-Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión, además de 3 fotografias tamaño carné.

2.-Pasaporte completo válido y en vigor del familiar. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.

3.-Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar:

  • Si solicita el cónyuge o pareja con relación análoga a la conyugal:
  1. Certificado de matrimonio, o certificación expedida por el encargado del registro de parejas correspondiente. Se debe acreditar también el estado civil de los miembros de la pareja de hecho.
  • Si solicitan los hijos o descendientes del ciudadano de la Unión:
  1. Certificado de nacimiento.
  2. Si es mayor de 21 años, documentación acreditativa de vivir a cargo o estar incapacitado.
  • Si solicitan los hijos o descendientes del cónyuge o pareja del ciudadano de la Unión:
  1. Certificado de nacimiento.
  2. Si es mayor de 21 años, documentación acreditativa de vivir a cargo o estar incapacitado.
  3. Certificado de matrimonio o certificado del registro de parejas del ciudadano de la Unión.
  4. En caso de que el hijo sea menor de edad, documentación acreditativa de que el cónyuge o la pareja del ciudadano de la Unión ejerce en solitario la patria potestad, o que se le haya otorgado la custodia y estén efectivamente a su cargo.
  • Si solicitan los ascendientes del ciudadano de la Unión o su cónyuge:
  1. Certificado de nacimiento del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja.
  2. Documentación acreditativa de vivir a cargo.
  3. Si es padre o madre del cónyuge o pareja del ciudadano de la Unión, certificado de matrimonio o certificado del registro de parejas del ciudadano de la Unión.

Dependiendo del supuesto, el ciudadano de la Unión que da derecho a la obtención de esta Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, deberá acreditar, esa  diponibilidad de medios económicos y la asitencia sanitaria cubierta.

Por todo ello, si:

  • Trabajador por cuenta ajena: podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
  1. Declaración de contratación del empleador o certificado de empleo, incluyendo los datos del nombre y dirección de la empresa, identificación fiscal y código cuenta de cotización.
  2. Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo
  3. Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Trabajador por cuenta propia podrá aportar cualquiera de los siguientes documentos:
  1. Inscripción en el Censo de Actividades económicas.
  2. Inscripción en el Registro Mercantil.
  3. Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social, o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria.
  • Si no se ejerce actividad laboral en España se deberá aportar:
  1. Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión.
  2. Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano de la Unión y sus familiares para el periodo de residencia en España. Se podrá acreditar por cualquier medio de prueba admitido en derecho, tales como títulos de propiedad, cheques certificados, documentación justificativa de obtención de rentas de capital o tarjetas de crédito con certificación bancaria de la cantidad disponible.
  • Si es estudiante deberá presentar la siguiente documentación:
  1. Matrícula del centro de enseñanza, público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
  2. Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad. Podrá aportar tarjeta sanitaria europea con una validez que cubra el periodo de residencia y le habilite a recibir las prestaciones sanitarias necesarias.
  3. Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y para los miembros de su familia.
  4. Se considerará suficiente para el cumplimiento de los requisitos la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores.
Quizá te interese:  Instrucción sobre los nuevos requisitos exigidos para la Residencia en régimen comunitario

Procedimiento a seguir para la obtención de la Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.-

  • El sujeto legitimado para presentar la solicitud es el familiar del ciudadano de la Unión o de otro Estado parte, personalmente.
  • El lugar de presentación será la Oficina de Extranjería de la provincia donde pretendan residir o en la Comisaría de Policía correspondiente.
  • El plazo de presentación será de tres meses contados desde la fecha de entrada en España. Se entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud que es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.
  • Se deberá abonar una Tasa con importe  de 10,60 euros (Módelo 790-Código 012) y con anterioridad a la expedición de la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.
  • La expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión deberá realizarse en el plazo de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud. La resolución favorable tiene efectos desde la fecha acreditada de entrada en España siendo familiar de ciudadano de la Unión.
  • La validez de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión será de cinco años a partir de la fecha de expedición, o del periodo previsto de residencia del ciudadano de la Unión, si dicho periodo fuera inferior a cinco años.
Inmaculada Castillo
Últimas entradas de Inmaculada Castillo (ver todo)

Comentarios

  1. Liuba Abad

    Hola, yo tengo doble nacionalidad, peruana española y quiero reagrupar a mi madre de 72 años, ella recibe una pensión de viudez que al cambio de moneda le quedaría 150€, si ella según convenio traslada su pensión a España, podría tener asistencia sanitaria??, Yo no estoy trabajando y recibo la ayuda de la renta valencia, vosotros creéis que tengo alguna opción para poder reagruparla y que pueda tener acceso a la asistencia sanitaria??? Ella tiene asistencia sanitaria pública en Perú. Muchas gracias.

  2. Jeniffer de Granieri

    Documentación acreditativa de vivir a cargo.
    Soy esposa de comunitario y tengo residencia como familiar de comunitario y quiero traer a mi madre, quisiera saber que tipo de documentación acreditativa solicitan en Alicante para demostrar que mi madre está a mi cargo, soy hija única y ella solo depende de mi y esta sola en mi país de origen, que debo hacer para poder traerla me podrían indicar?
    Muchas gracias de antemano.

  3. Peter L

    Soy ciudadano jubilado temprano(con pensión de discapacidad proveniente de fuera del pais) de la UE y mi esposa viene fuera de la UE. Tengo tarjeta para 5 años y mi mujer como conyuge de ciudadano Europeo tambien>
    Ahora nos llega el momento despues de 5 anos de solicitar la tarjeta de residencia permanente.
    Loq ue nos interesa es de saber cualos son los requerimientos de medios economicos minimos, en terminos de euros y percentaje IPREM. Se que lo aklzaron a 799 euros este ano (para uno o cada uno?), pero cuanto seria para los dos juntos o es cada uno diferente? Eso determina que documentos necesitariamos para dar prueba de nuestros ingresos.

  4. Matias

    Hola. A mi esposa le acaban de denegar la tarjeta de familiar de residente de la UE. ¿Cómo nos podemos informar las causas de la denegación? Y una vez averigue las causas, ¿cuál es el procedimiento para recurrir la decisión? Gracias!

  5. Yann

    Hola, soy francés y mi esposa mexicana ha vivido en España los últimos 4 años primero como estudiante y luego como emprendedora por medio de la ley 14/2007.
    Ahora hemos solicitado la tarjeta de familiar comunitario y nos la concedieron únicamente por 3 meses, yo me encontraba estudiando en la UB. Ahora trabajo, y en este momento vamos a renovar ese permiso pero no sabemos por qué vía realizarlo ya que telematicamente establece el supuesto de 5 años previos, y en la solicitud de citas indica que sólo se realiza la inicial.

  6. Juan Monea

    He iniciado el tramite para la residencia de mi madre como familiar de ciudadano de la EU, pero no se que documentación acreditativa de la condicion de familar «a cargo» Se ha jubilado recientemente, no tiene bienes de ningún tipo y solamente cuenta con su jubilación mínima lo que no le permite vivir, pero no tengo forma de comprobar envios de dinero ya que siempre los he intentado hacer con amigos y familiares que han llevado dinero. Que documentos o que deberia presentar para explicar esta situación?

  7. Joseph

    Hola que tal espero esten muy bien..tengo una gran duda sobre la residencia de familiar comunitario, llevo mas de 2 meses intentando tomar cita para este duvjo2 tramite y en la provincia que resido no hay citas… Mi pregunta es si es posible tomar una cita para residente comunitario en otra provincia?

  8. Adrian

    Am I able to work with the TARJETA DE RESIDENCIA TEMPORAL DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE visa in Spain? What about the rest of the EU?

    Thank you very much!

  9. M. EUGENIA

    HOLA, EN CUANTO TIEMPO MAS O MENOS TE DAN RESPUESTA FAVORABLE O NO AL TRAMITE REALIZADO, UNA VES ENVIADO TODA LA DOCUMENTACION REQUERIDA TELEMATICAMENTE ?

  10. JOSELYN

    Hola buenas tardes, mi pregunta es… soy española y mi esposo está en prisión, llevamos 2 años casados y tenemos un hijo en común y me surge la duda de si hay posibilidad de que le den residencia o tarjeta comunitaria ya que estamos casados y teniendo antecedentes penales él.

    Gracias, un cordial saludo.

  11. Pablo

    Buenos dias.
    Mi mujer es de nacionalidad taiwanesa y tiene residencia por familiar de ciudadano de la UE desde 2013. Es la inicial de 5 años que caduca dentro de un mes (4/11/18).
    Para renovar la residencia es necesario el certificado de matrimonio, pero para solicitarlo nos dan cita para un mes y medio mas tarde (16/11/18).

    Además ella planea viajar a su pais en el 5/12/18.

    Mis preguntas son
    1. Se puede utilizar el libro de familia en lugar del certificado de matrimonio para demostrar el vinculo?
    2. Puede tener problemas esos dias desde que le caduca el NIE hasta que podamos solicitar la renovación.
    3. ¿Es necesario pedir una autorización de retorno cuando viaje fuera de españa y con su residencia en trámite?
    Gracias!

  12. Gustavo

    Hola, soy ciudadano comunitario viviendo en Barcelona desde hace más de 1 año. Tengo trabajo indefinido y cuento con recursos económicos suficientes para traerme a mi familia. Mi madre no es comunitaria, ha llegado hace un par de días a España a vivir bajo mi cargo. Hemos pedido cita previa para solicitar su tarjeta de residencia de familiar de la Unión, y la hemos conseguido para Diciembre 2018 (5 meses después de su llegada al país). He llamado para pedir otra cita, pero no es posible, sólo dan citas por Internet. Tengo miedo de que mi madre pase varios meses en condición ilegal y que eso la perjudique para su trámite de residencia. Por otro lado, ¿qué documentos en particular necesito para demostrar que ella ha estado a mi cargo durante los últimos años?
    Un saludo y gracias por cualquier información al respecto.

  13. david

    hola, soy de colombia y tengo un hijo alemán menor de edad (7 años) quien vive con su madre en munich, yo aporto a su manutención desde que nació, su madre y yo hemos hablado de q pueda estar viviendo conmigo por periodos intercalados de tiempo, y tener una paternidad mas activa estando acá en Europa, yo me encuentro en España por estudios de maestría desde hace un año, pero quiero poder vivir y trabajar sin ningún impedimento acá en españa, en donde tengo mis títulos profesionales ya homologados, quisiera saber si hay alguna posibilidad de obtener esta tarjeta de residencia para familiar de ciudadano de la unión europea y si esta puede extenderse a mi núcleo familiar actual. muchas gracias.

    • Inmaculada Castillo

      Hola David,

      En principio, como padre de nacional alemán, no puedes solicitar la residencia en régimen comunitario. Tendrías que solicitarla en el régimen general.
      Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica en el 807.502.004 y podremos comentar de manera detallada y sobre la marcha las cuestiones que planteas, así como indicarte la forma de proceder.
      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/
      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  14. Enzo Compagnone

    Buen día,

    Tengo una consulta, soy ciudadano Italiano con NIE Español vigente, mi esposa Venezolana estaremos llegando a Madrid en Octubre, aún no hemos registrado el matrimonio en Italia solo contamos con el acta de matrimonio Venezolana con apostilla de la Haya, queremos hacer el tramite directamente en España o quizas en Italia ya que a través del consulado demora muchos días.

    Es posible que le sea asignada a mi esposa la tarjeta comunitaria bajo este escenario? de no ser posible en que estatus se encontraría ella en españa mienstras obtenemos la inscripcion del matrimonio en Italia?

    Por otra parte esta embarazada, tendría atención sanitaria Pre y posparto?

    Saludos,

  15. rasa andriute

    tengo a mi suegra aqui en españa,y me han denegado la targeta en marzo.ahora que puedo hacer para que ella pueda irse a ecuador sin que le quiten permiso para volver entrar.porque se le caduco visa mientras esperamos respuesta

  16. Marcela

    Hola. A mi marido que ya tiene NIE se le ha vencido desde el 2012 la tarjeta de residencia por familiar de miembro de la UE. Estamos preparando los papeles para la renovación y tenemos cita en 10 días. Ahora le ofrecen un trabajo y queríamos saber si lo pueden contratar. Muchas gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Marcela,

      En tanto no tenga la autorización de residencia concedida no se le va a poder dar de alta aún cuando tenga un NIE asignado.

      Un saludo

      • marcela

        donde puedo acceder a los requisitos / documentacion actualizada para la renovacion que voy a realizar en fuerteventura, islas canarias. (me comentaron que cada oficina de extranjeria pide requisitos particulares) (por cierto me atendieron de muy mala forma).

  17. ana cecilia velasquez carvajal

    Hola mi esposo es miembro comunitario (italiano) vive en España trabaja contratado y tiene su NIE verde, estoy próxima a reunirme con el en Madrid, quisiera saber si puedo conseguir un empleo con el papel que acredita que tengo en tramite la solicitud de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión europea, puesto que he leido que la tarjeta la dan en un plazo de hasta 3 meses, me gustaria poder trabajar cuanto antes, si esto fuera posible quisiera saber si con este mismo papel puedo darme de alta en la seguridad social o si puedo usar el mimo numero de seguridad social de mi esposo para poder trabajar formalmente, muchas gracias por su respuesta

  18. Maite Cubillas Foppa

    Hola, mis hermanos y yo tenemos DUPLA nacionalidad, brasileña y española, pero mi MADRE aun que estuvo CASADA con mi FALLECIDO padre (ESPAÑOL) por 30 años, NO LA TIENE.
    Mi HERMANO quiere venirse a vivir en España pero tiene una DISCAPACIDAD MENTAL y mi madre es su CUIDADORA, actualmente viven en Brasil.
    Cual es la mejor forma para que mi madre pueda quedarse a VIVIR LEGALMENTE en España, para que así mi hermano pueda venir, porque yo sola no puedo cuidarlo.
    He estado informándome, ella NO es DEPENDIENTE mía, así que no puedo traerla por ese motivo, además las aseguradoras NO LA ASEGURAN, bueno, ninguna con un precio accesible, ya que ella tiene MÁS de 65 AÑOS.
    Me gustaría saber si por la discapacidad y dada las necesidades de mi hermano le puedan CONCEDER alguna AUTORIZACIÓN para que pueda QUEDARSE legalmente. Y de que manera debo PROCEDER en ese caso. Muchas Gracias.

  19. musta

    qiero saber cuendo pasa los tres meses en tramite de un residencea de la familia de la UNION si es normal o no porque ha pasado tres meses y no tengo niguna respuesta estoy precupado gracias

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Musta, He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con mi compañera Inmaculada Castillo a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así él personalmente podrá abordar de manera detallada y sobre la marcha contigo las dudas que tienes, y la forma de proceder.

      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  20. Julio

    Hola,
    Soy español y mi esposa es mexicana. Tenemos los requisitos para solicitar su residencia: seguro médico, libro de familia con nuestro matrimonio inscrito en el Registro Civil y la acreditación de recursos para la manutención de ella y mía.

    el periodo de los 90 dias desde su entrada a España ha pasado. ¿que posibilidades hay de que le den la residencia si se ha pasado este periodo?

    gracias y un Saludo
    J

    • Maria Jose Arcas Sariot

      Hola Julio, he leído su consulta y le recomiendo contacte con mi compañera Inmaculada Castillo experta en el tema a través de nuestros servicio de consultas on line o nuestro servicio de atención telefónica: 807 502 004. Un saludo y gracias por confiar en Mundojuridico

  21. Fatima

    Hola!
    Yo soy española y mi marido es marroqui viviendo en los Emiratos Arabes, y nunca ha venido a España.
    Tenemos el acta de matrimonio español desde hace un año y ahora quiero reagruparle a España y solicitarle la tarjeta de residencia de familiar comunitario.
    Que tipo de visado debo pedirle para que pueda venir a solicitarla, y donde debo solicitar este tipo de visado?
    Yo soy estudiante y no trabajo, por ello, donde debo solicitar lo del seguro medico y como lo hago?

    Muchas gracias por su atencion!

    • Inmaculada Castillo

      Hola Fátima,

      He leído tu consulta y creo que lo más acertado y rápido sería que te pusieras en contacto con nosotros a través de nuestro servicio de asesoría jurídica telefónica en el 807.502.004, y así podremos abordar de manera detallada y sobre la marcha las dudas que tienes, y la forma de proceder.
      https://mundojuridico.info/nuestros-servicios/consultoria-juridica-por-telefono/

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  22. Ilianna

    Buenos días, expongo mi caso, mi esposo y yo somos italianos y vivimos en Madrid. Él desea que sus padres que viven en Venezuela vengan a vivir a Madrid. Entiendo el trámite para solicitar la tarjeta de residente. Mi pregunta es: como realizan la entrada al país? He leído que no es conveniente como turista. Que deben decir al ingresar en Barajas y que documentos deben traer?
    Muchas gracias, atenta a su respuesta

  23. genesis

    Hola mi nombre es Génesis, me encuentro en España y estoy casada con un ciudadano de la UE, nuestro matrimonio recientemente fue enviado a él consulado de Madrid para que sea registrado en España . Extranjería me está solicitando el certificado de matrimonio emitido por Italia pero aún no lo tengo ya que está en trámite y el mismo puede demorar 6 meses aproximadamente, esto puede ser impedimento para poder quedarme en España? Tenemos caso 4 años de casados y una hija de 1 año .

  24. Maria

    Hola, existe algún inconveniente de estar casada para solicitar la tarjeta de residencia para mayor de 26 años por dependencia de nacional comunitario.
    Muchas gracias de antemano

    • Inmaculada Castillo

      Hola María,

      Si eres la hija mayor de 21 años de un nacional comunitario y estás casada, pero también dependes económicamente de él o de ella, valora la opción de autorización de residencia como familiar de comunitaria vía familia extensa.

      De cualquier forma, deberías de ponerte en contacto con un abogado de tu ciudad para que con mayor información pueda recomendarte la opción mejor a seguir.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  25. Teresa

    Hola, Estoy solicitando la tarjeta de residencia por dependencia de familiar comunitario, me han dado el alta de la tarjeta sanitaria de segundo nivel, este seguro es válido para el trámite o debo sacar un seguro privado.
    Gracias

    • Inmaculada Castillo

      Hola Teresa,

      No entiendo bien a lo que te refieres con tarjeta sanitaria de segundo nivel. Si te refieres con ello que el INSS te ha concedido la asistencia sanitaria por ser familiar dependiente del nacional comunitario, entonces si, el requisito de tener cubierta la asistencia sanitaria estaría cumplido.

      De cualquier forma, mi recomendación es que te dirijas a la Oficina de extranjeros de tu ciudad para confirmar que la cobertura es la correcta.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

      • Teresa

        Hola Inmaculada, gracias por tu pronta respuesta. La cobertura que dieron no es por ser familiar dependiente, sino por ser extranjero empadronado en la comunidad de catalunia, el cubrimiento es basico, especializado con hospitalizaciones. Este seguro será suficiente?
        Gracias

        • Inmaculada Castillo

          Hola Teresa,

          Yo entiendo que no sería suficiente, si bien, atendiendo a las particularidades de interpretación de la norma que las oficinas de extranjería tienen sobre determinados extremos, te recomiendo que lo preguntes directamente en la Oficina o a un abogado especializado en extranjería de tu ciudad.

          Un saludo

  26. Enrique

    Hola, soy ciudadano espanol, mi mujer es extranjera (fuera de la UE). Los dos somos jubilados (70 anos). Queremos solicitar una tarjeta de residente extranjero para mi mujer, pero como hacerlo si se dice que hay que pedirlo 3 meses despues de la entrada en Espana, PERO el visado solo lo conceden para 90 dias ??

    • Inmaculada Castillo

      Hola Enrique,

      La solicitud de la residencia para tu mujer podéis solicitarla nada más llegar a España si la intención es de residir aquí.

      Un saludo y gracias por visitar Mundojuridico.info

  27. Yoleidys

    Buenas tardes, tengo tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión Europea, el próximo 30 de enero 2018, me vence la tarjeta que tenia por 5 años, es decir he estado residiendo en España más de 5 años sin interrupción.

    La tarjeta la tengo como conyuge de ciudadano Español. (Estoy casada con el legalmente)
    El problema es que desde hace año y medio ya no convivo con el y tenemos residencias distintas.

    Me gustaría saber como puedo proceder para obtener la residencia permanente, pues como he comentado anteriormente sigo casado a efectos legales y la inicial me vence el 30.01.2018.

    Tengo todos los documentos en regla (pasaporte, certificado de matrimonio en vigor, tarjeta de residencia por familiar inicial, etc.

    Muchas gracias por su atención y ayuda.

  28. Hassnne

    Hola soy nacionalizada Española y hace 6 meses a llegado a España mi novia bueno llevamos intentándolo desde hace mucho pero recién aquí hemos podido realizar nuestra unión ella entro con un visado de turismo y se quedó ahora está de ilegal quería saber si podemos hacernos pareja de hecho para que así ella pueda estar aquí de forma regular cuánto tiempo tenemos que esperar para hacerlo

  29. Paulina

    Hola buenas tardes, quisiera consultarles, qué ocurre si se vence el plazo de 3 meses para iniciar el tramite de solicitud de tarjeta de familiar de residente de la UE? Cuál es la sanción aplicable? Muchas gracias

  30. marcos acuna

    Hola, nosotros nos acabamos de casar y yo tengo trabajo estable. Quiero sacar la tarjeta de familiar para mi pareja. Es necesario acreditar recursos económicos? de ser asi. Es necesario que los mismos esten en una cuenta española?

  31. Crisdell

    Hola, Muchas gracias por toda la información que expones en tu página, está muy completa. Tengo una duda, soy comunitaria ciudadana italiana y vivo en España. Deseo traerme a mis padres, los cuáles también son ciudadanos italianos aunque viven en Venezuela. Veo que puedo tener todos los recaudos que piden para tramitarles el NIE a ellos. Mi duda es con respecto a la Documentación acreditativa de vivir a cargo. Que tipo de documentación solicitan? con el control cambiario en Venezuela, todos los meses vendo los euros a un amigo y éste le transfiere a mis padres lo correspondiente en el mercado paralelo. Por lo que no hay una transferencia directa mía a sus cuentas. Gracias

  32. Jinny Acedo

    Hola. Mi marido es un espanol. Presenté mi papel para TIE el 7 de noviembre de 2016 y todavía estan en tramite. Ha sido 3 meses. ¿Cuánto tiempo debo esperar para tomar acción? Y qué medidas debo tomar?
    Muchas gracias

  33. Morelis

    Buenas tardes, un ascendiente de comunitario italiano podría presentar la solicitud de tarjeta luego de vencerse los tres meses de estadía, en caso negativo, cuales serían las consecuencias¿
    gracias de antemano

  34. Saba

    Hi, i AM SABA, sorry i had made a mistake in my previous coment.we have apply for residence in Logrono. My husband is spanish national My husband is doing job in Barcelona and we are registered in LOgrono (padron) in same house. we have submit work permit of Barcelona with application of residence. Now some people are saying that your husband is working in Barcelona AND you and your husband are registered in Logrono(padron) mean you are not living together so your application for residency will be rejected. Can you pease tell me that can i get residence or not.

  35. Saba

    i am pakistani and my husband is spanish national. i have apply for tarjeta de comunitaria
    1 week ago in Logrono, La Rioja. Me and my husband have registration in same house (padron)in Logrono, but my husband is doing job in Barcelona . can alian office reject my application so that we are not living together. mean we apply for residence in Logrono and we have padron in logrono in same apartment but my husband is working in Barcelona and we have submit work permit of Barcelona. Some one was saying that you and your husband have Padron in Logrono but your husband is working in Logrono it means you are not living together so alian office will reject your application for residence. Please tell me that i can get residence or not . I will be very grateful to you.

  36. Verónica

    Hola,he presentado los papeles para mi madre y lo han denegado porque dicen que no hemos acreditado con suficiente documentación que dependa de mi y porque el seguro no tiene cobertura total. No puedo demostrar que en el país de origen mi madre dependiera de mi, pero si la he traído es precisamente por eso,porque mi hermana ya no se puede hacer cargo y ahora asumo yo esa responsabilidad. ¿Qué puedo hacer?

  37. Nilyan pastrano

    Hola,tengo 9 años en España y tengo mi nacionalidad española hace 7 años.Y quisiera saber si tengo un poco más de facilidad para traerme a mi hermana a vivir acá con sus dos hijos.gracias por su atención.

  38. Anna

    Buenos días,

    estoy pensando en solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión para mis padres. Son pensionistas y me gustaría pedir la aclaración sobre este requisito que hay que cumplir:

    «Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad. Los pensionistas cumplen con esta condición aportando certificación de disponer asistencia sanitaria con cargo al Estado por el que perciben pensión».

    A que certificación se refiere? Por otro lado, teniendo en cuenta la edad de mis padres, ya no puedo pedir el seguro privado en España, por lo que no se como podría cumplir el requisito de asistencia sanitaria cubierta.

    Muchas gracias y saludos,

    Anna.

  39. Evelyn

    Hola, tengo mi tarjeta comunitaria de corta duración pero quisiera saber cuál es la fecha que se toma como «Expedición» ya que en la tarjeta solo dice la fecha de vencimiento. Necesito saber cuál es la fecha de expedición exactamente: la fecha que salió el resultado del trámite como favorable o la fecha donde puse mi huella o es otra fecha.

    Me urge saber cuál es la fecha porquese puede estar afuera de España máximo 6 meses dentro del año y para ese calculo necesito esa fecha exacta.

    Muchas gracias.

  40. Carmen

    Hola, buenas tardes mi padre tiene la nacionalidad española por origen, pero vive actualmente en Venezuela, actualmente yo estoy en Madrid de turismo, hay alguna forma de sacar una tarjeta como familiar de español desde aquí? Gracias

  41. Dael gonzalez

    Hola buenos días mi pregunta es yo vivo en Alemania mi hijo tiene la tarjeta en régimen comunitario por mi ya k tengo DNI la pregunta es puede el venir a vivir conmigo en Alemania con esa tarjeta ya que es menor de edad y yo tengo la patria potesta otra cosa el día 4 de marzo tengo la cita para depositar su nacionalidad en el registro civil de Madrid Alfonso XIII me podría decir por favor si procede desde ya muchas gracias

  42. Johely

    Mi padre es español por residencia. Quería saber como puedo yo al tener 19 años adquirir la nacionalidad o nacionalidad comunitaria. En caso de la nacionalidad comunitaria, es necesario que al yo realizar algún viaje fuera de España, viaje mi padre conmigo? Cabe destacar que no vivimos juntos y tengo la residencia permanente.

    • Yiliam

      Hola buenas tardes, estoy en proceso de preparar la documentación para solicitar mi residencia de familiar comunitario. Mis dudas son: cuál es la cuantía necesaria q debe tener la cuenta bancaria de mi esposo para justificar los medios económicos si aún no tiene trabajo?
      ¿q debo presentar con repecto a la sanidad? Es un seguro privado? O tarjeta sanitaria, porque está ya la solicite pro aún no me ha llegado. Otra pregunta! La certificación de matrimonio fue inscrita en el consulado español d cuba y tengo entendido q vencía a los tres meses, es cierto?

  43. Adrian G. Montoya Suarez

    Muy buenas tardes, me gustaria consultarles una duda en materia de extranjeria acerca de mi compañera de piso. Ella es ciudadana cubana y tiene la tarjeta de familiar de ciudadano de la union, la pregunta es, ella puede trabajar con esa tarjeta? Le pueden hacer un contrato de trabajo?Tiene algun tipo de derecho a prestacion sanitaria?
    Muchas gracias por la informacion.

  44. Alejandro

    Hola
    Soy ciudadano español y mi esposa argentina. Pensamos radicarnos es España. Al no tener trabajo al llegar a España, puedo acreditar medios para subsistencia haciendo un deposito de unos 10.000 euros en una cuenta en un banco en España, a mi nombre, para obtener la residencia de mi esposa.
    Gracias.

  45. Ana

    Buenas tardes, soy argentina y tengo la cuidadanía española desde pequeña (porque mi abuela nació allá), vivo en Buenos Aires, conviviendo desde hace tres años con mi novio, que también es argentino. Los dos nos recibimos y ahora la idea es irnos a vivir a Andalucía para buscar trabajo allá. ¿Podemos tramitar su residencia por ser Pareja de Hecho? ¿Ayuda en algo nuestros tres años de convivencia acá?

  46. Alejandro

    Hola
    Podrán decirme cual es el monto minimo de ingresos que exigen en España para obtener la residencia de una extranjera casada con un ciudadano español, recien llegados, en el caso de que ninguno de los dos tenga trabajo?

    • RICARDO

      Buen día,

      Actualmente soy poseedor de una «tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la unión» con una validez restante de 4 años, pero que NO ha sido expedida en España, sino en otro país miembro de la Comunidad Europea.

      Mi esposa y yo estamos interesados en emigrar a España por lo que mi pregunta es: ¿Sería posible residir libremente y trabajar en España con mi tarjeta actual pese al hecho de que no haya sido expedida en España? ó ¿Sería necesario tramitar una nueva tarjeta en España?

      Muchas gracias por su atención y amable ayuda.

      • Adriana Isabel Zerpa Baute

        Hola estoy como tu mi caso es que vivi en Italia me dieron la tarjeta por 5 años y al llegar a España sin problema alguno porque soy esposa de un español y vengo con el
        Debes solicitarla de nuevo ya que esa residencia es válida sólo en el país donde la solicitaste. Debes traerte libro de familia y certificado literal de matrimonio. O sea me imagino ya lo han registrado el matrimonio. A parte medios económicos. Y todo porque aparece muy bien especificado en la página de extranjería.

  47. walter gomez

    hola soy ciudadano colombiano con residencia britanica y quisiera saber si me puedo casarme en espana con mi pareja colombiana y que requisitos necesito gracias

  48. BRAHIM

    HOLA
    a mi me han extinguido la tarjeta de residencia conyuge de español, dicen porque ni yo ni mi mujer estamos trabajando ,quiero saber que podemos hacer en este caso y asta cuando tenemos que conservar el trabajo para que no me la extinguen mas.
    un saludo enorme para usted

  49. SILVIA

    MIS PADRES VIAJARON EN MAYO. ANTES DE QUE SE CUMPLAN TRES MESES FUI A HACER PRORROGA DE ESTANCIA COMO OTRAS 2 VECES ANTERIORES. PERO ESTA VEZ ME HAN DICHO QUE NO PUEDO HACERLA, QUE CORRESPONDE SACAR LA TARJETA DE FAMILIAR DE COMUNITARIO AL TENER YO NACIONALIDAD ESPAÑOLA (CUANDO HICE LAS PRESENTACIONES ANTERIORES TAMBIÉN LA TENIA).
    PEDÍ CITA PREVIA Y ME HAN DADO PARA EL 29 AGOSTO. PRESENTÉ LA DOCUMENTACIÓN QUE ME HAN REQUERIDO Y EL EMPLEADO QUE ME ATENDIÓ ME DICE QUE SOLO PUEDO HACERLO PARA MI MADRE. AL QUE LLAMO PADRE ES MI PADRASTRO. LO ES DESDE QUE TENGO USO DE RAZÓN. EL ME HA CRIADO Y MIS ESTÁN CASADOS LEGALMENTE DESDE MIS 3 AÑOS, TENGO 53. HE PRESENTADO CERTIFICADO DE NACIMIENTO MIO Y DE CASAMIENTO DE MIS PADRES DEBIDAMENTE LEGALIZADOS. ME DICE QUE COMO EL NO ME ADOPTÓ…PERO SI MI PADRE ME REGISTRO EN EL REGISTRO CIVIL Y FALLECIÓ CUANDO YO TENIA AÑO Y MEDIO DE VIDA, COMO VA A ADOPTARME? NUNCA FUE NECESARIO. QUIERO SABER COMO ES EL GRADO DE PARENTESCO. SI HAY PARENTESCO POR AFINIDAD? ESTOY MUY AFLIGIDA PORQUE SI FUERA ASÍ ELLOS ESTARÍAN EN SITUACIÓN ILEGAL PORQUE SE IRÁN EL 10 DE SETIEMBRE. PASADOS LOS TRES MESES. UFFF POR FAVOR CONTESTEN MI PREGUNTA.

    • Inmaculada Castillo

      Hola Silvia,

      Por tu consulta, supongo que tus padres, nacionales de tercer estado, han venido a visitarte y al no necesitar visado para su entrada has estado prorrogando su estancia, hasta que como indicas, te han dicho que ya no prórrogan más.

      Efectivamente se puede solicitar una autorización de residencia para ellos en España, pero tienes que saber, que es precisamente eso lo que tendrían residencia y no estancia, por lo que se presume que se van a quedar a residir aquí, y la documentación que se te exigirá será en consonancia con ello.

      Te indico de manera generalizada. Respecto a tu madre deberás solicitar una autorización de residencia en régimen comunitario, como ascendiente a cargo de nacional española.

      Respecto a tu padre, debemos de tener en cuenta que «formalmente» no lo es, es el marido de tu madre, con independencia del vínculo personal que os una, por lo que se podría obtener un visado de residencia o una autorización de residencia por la vía de las circunstancias excepcionales de la Disposición Adicional 23 del RD 557/2011, Reglamento de extranjería.

      Como he comentado con anterioridad, se van a exigir una serie de requisitos para la obtención de estas autorizaciones,máxime cuando estamos hablando de que se obtendría una autorización de residencia. Te recomendaría que te pusieras en contacto con un abogado de tu ciudad, para que atendiéndo tu caso concreto y antes de que tus padres se fueran, decidir que os conviene más.

      Cualquier aclaración, no dudes en ponerte nuevamente en contacto con nosotros.

      Un saludo y espero haberte ayudado.

  50. Roberto

    Hola, mi mujer tiene la tarjeta comunitaria porque nos hicimos pareja de hecho en 2011 y ahora estamos casados. ¿Es necesario comunicar estos cambios a extranjería? En la documentación a entregar ¿se nos exigirán los requisitos económicos?
    Muchas gracias por adelantado

    • Inmaculada Castillo

      Hola Roberto,

      Podráimos deferenciar a nivel práctico y teórico. A nivel práctico la gente no lo suele hacer, ya que el cambio de estado civil no implica que debaís hacer solicitud nueva o modificación alguna respecto a la autorización que tiene tu mujer como familiar de comunitario. A nivel teórico la ley de extranjeria, que se aplica de manera subsidiaria para lo que no recoja el reglamento comunitario, indica que se considerará como infracción leve la no comunicación del cambio de estado civil. Por ello, y aunque la Administración a dia de hoy no está sancionando por no hacer las comunicaciones te recomendaría que la hiciérais.

      Un saludo y espero que sigas visitando Mundojuridico.info

    • Ayrton Roberto

      Buenas tardes, mi esposa esta con toda a documentación para dar entada na documentación. Só que não estamos conseguindo marcar um horário para demonstrar a documentação. Como devemos proceder e vocês ajudam nesse processo grato

Comentar esta noticia

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Mundo Jurídico Info S.L.P, es el responsable del tratamiento de los datos personales del Usuario, por lo que se le facilita la siguiente información del tratamiento:

  • Fin del tratamiento: mantener una relación de envío de comunicaciones y noticias sobre nuestros servicios y productos a los usuarios que decidan suscribirse a nuestro boletín. Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. En caso de no querer recibirlas, mándenos un email a: info@mundojuridico.info indicándonos en el asunto “No Publi”.
  • Legitimación: está basada en el consentimiento que se le solicita a través de la correspondiente casilla de aceptación.
  • Criterios de conservación de los datos: se conservarán mientras exista un interés mutuo para mantener el fin del tratamiento y cuando ya no sea necesario para tal fin, se suprimirán con medidas de seguridad adecuadas para garantizar la seudonimización de los datos.
  • Destinatarios: no se cederán a ningún tercero.
  • Derechos que asisten al Usuario:
    1. Derecho a retirar el consentimiento en cualquier momento. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. Derecho de acceso, rectificación y supresión de sus datos y a la limitación u oposición al su tratamiento.
    2. Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos

Puede ejercer estos derechos mediante el envío de un correo electrónico o de correo postal, ambos con la fotocopia del DNI del titular, incorporada o anexada:

Si desea ampliar información sobre la política de privacidad de nuestra empresa, puede hacerlo en el siguiente enlace: https://www.mundojuridico.info/politica-de-privacidad/

Destacados