Penal

Víctima consiente el quebrantamiento de la orden de alejamiento

Hablamos del tratamiento penal cuando la conducta de la victima consiente el quebrantamiento de la orden de alejamiento.

La cuestión que planteamos en este artículo se refiere al tratamiento penal cuando la conducta de la víctima consiente o favorece el quebrantamiento de la orden de alejamiento del agresor, ¿comete ella también delito por facilitar, permitir o reanudar la vida con el denunciado?

¿Está la victima cometiendo un delito si consiente por propia voluntad el quebrantamiento de la orden de alejamiento?

La cuestión como veremos más adelante no está de ninguna manera resuelta por los Tribunales,  puesto que un sector opina que la víctima cometerá también delito de quebrantamiento y otro sector opina que no comete delito alguno. Si bien, centremos primero la cuestión de cuándo de produce el quebrantamiento de una orden de alejamiento.

¿Cuándo se produce el quebrantamiento de la orden de alejamiento?

Respecto al quebrantamiento de la orden de alejamiento, el  artículo 468.2 del Código Penal establece:

«Se impondrá en todo caso la pena de prisión de 6 meses a un año a los que quebrantaren una pena de las contempladas en el artículo 48 de este Código o una medida cautelar o de seguridad de la misma naturaleza impuesta en procesos criminales en los que el ofendido sea alguna de las personas a las que se refiere el artículo 173.2, así como a aquellos que quebrantaren la medida de libertad vigilada.»

Artículo 468.2 del Código Penal

Entre las penas o medidas a que se refiere el referido artículo 48 Código Penal, se encuentran:

  • La prohibición de aproximarse a la víctima.
  • La prohibición de acercarse a su domicilio o lugar de trabajo.
  • La prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual.

Todas estas prohibiciones son las que habitualmente se le imponen (bien como pena o bien como medida cautelar mientras se tramita el procedimiento) a los denunciados por delitos relacionados con la violencia de género. Si el denunciado infringe cualquiera de estas medidas incurre en un Delito de quebrantamiento del citado artículo 468.2 Código Penal.

En concreto, pueden darse los siguientes quebrantamientos de la orden de alejamiento:

Igualmente esta claro y así se recoge en el Acuerdo de Pleno no Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de fecha 25 de noviembre de 2008, estableció que: “El consentimiento de la mujer no excluye la punibilidad a los efectos del artículo 468 del Código Penal”, refiriéndose a la punibilidad de la conducta a la que se ha impuesto la prohibición de acercamiento y/o comunicación, pero no a la de la mujer.

¿Se comete delito de quebrantamiento de esas medidas también por la víctima, si  consiente el quebrantamiento de la orden de alejamiento?

Como hemos ya adelantado la respuesta no es clara en tanto existen posturas a favor y en contra sobre la posibilidad de comisión de un delito de quebrantamiento también por la víctima cuando facilita o permite el incumplimiento de la medida.

Criterios a favor de que la víctima comete delito de quebrantamiento:

Algunas Audiencias Provinciales consideran que la persona que consiente el acercamiento debe considerarse como coautora del delito de quebrantamiento, al haber sido cooperadora necesaria o, inductora, dado que, en tal caso, la causa de realizar la conducta es, precisamente, la autorización de acercarse por parte de la víctima.

» partiendo del encuentro voluntario lo decisivo para calificar la acción de Ana, como autora del delito del art. 468,2 del CP, o más correctamente como cooperadora necesaria conforme a lo dispuesto en el art. 28, según párrafo b) -figura asimilada a la autoría- es la acreditación de su conocimiento, es decir que conocía no solo la existencia de la prohibición de aproximación, sino también su alcance y tiempo de duración, que solo puede acreditarse fehacientemente mediante la prueba de la notificación de la resolución a la persona protegida por la orden .…   Actuando con ese conocimiento y sabedora de la vigencia de la medida cautelar acudió voluntariamente al encuentro con Mariano, de lo que se desprende el ánimo de incumplir con la resolución judicial….   Su acción fue de cooperadora necesaria, puesto que aportó una conducta a la acción de Mariano sin la cual el delito de quebrantamiento de medida cautelar por el obligado no se hubiera producido».

Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 20ª) de 4 febrero de 2009:

Criterios en contra de que la víctima haya cometido delito de quebrantamiento:

Otras Audiencias consideran que no puede exigirse responsabilidad a la víctima que consiente, toda vez que no es ella sobre la que pesa la prohibición.

En este sentido se pronuncia la AP Pontevedra (Sección 2ª) de 10 mayo de 2011:

» el hecho de que la mujer consintiera el acercamiento no puede hacerla cooperadora necesaria en la conducta de quien incumple la prohibición de acercarse, si tal prohibición solo a este fue impuesta. Es claro que la mujer protegida no puede ser autora material del delito especial propio del artículo 468.2 Código Penal en supuestos como el presente en que no es destinataria de la prohibición, por tanto no es la obligada a su cumplimiento….  No parece posible que la mujer beneficiaria de una orden de protección con el estatuto integral de protección conferido por el artículo 544 ter LECr., que en su único deseo de reanudar la relación afectiva con su presunto agresor permita o busque incluso un acercamiento, pueda ser considerada como partícipe del delito especial propio del 468.2 Código Penal….  En cualquier caso si se aceptara, lo que se dice como mera hipótesis, la posibilidad de su participación como cooperadora necesaria, concurriría el error invencible de tipo del artículo 14.1 Código Penal.  En la medida en que Victoria no era la destinataria de la prohibición por tanto la obligada a su cumplimiento sino la protegida con tal medida, en que no se le ordenó ni requirió para que no permitiera que el obligado se le acercara o para no acercarse ella a él ni fue advertida de consecuencias penales para ella si consentía el acercamiento o lo buscaba ella misma, no podía conocer que con su conducta incurriría en la comisión de delito. La consecuencia conforme a los artículos 14.1 CP es la exclusión de la responsabilidad criminal, por tanto su libre absolución.»

AP Pontevedra (Sección 2ª) de 10 mayo de 2011

Conclusión acerca de que la víctima consienta el quebrantamiento de la orden de alejamiento

La polémica sobre la comisión de un delito si la víctima consiente el quebrantamiento de la orden de alejamiento está servida. Solo quiero advertir del hecho de que muchos Juzgados están procesando a mujeres con órdenes de protección a su favor por facilitar ese contacto con aquel que sí tiene la orden de alejamiento impuesta.

Últimas entradas de Inmaculada Castillo (ver todo)
Inmaculada Castillo

Abogada en ejercicio desde el año 2005. Colegiada Nº 5586 del Ilustre Colegio de Abogados de Granada. Apasionada del Derecho, le gusta escribir sobre todos los ámbitos jurídico, aunque su especialidad está en el Derecho Civil, Herencias, Familia y Extranjería.

Ver comentarios

  • Eso de que la víctima llame a su lado al que tiene la óoen de alejamiento es un arma de doble filo.
    La supuesta víctima, por el motivo que sea, llama al supuesto maltratador y le arriesga a que ella , por si misma o con la colaboración de otras personas, le filme, haga pruebas del supuesto incumplimiento de la orden de alejamiento y este sea sancionado por la Justicia.
    Es que en primer lugar, el denunciado , si no toma las debidas precauciones legales y probatorias y admite el encuentro, ya él mismo está incumpliendo la orden dictada. Pero si tiene por escrito y con testigos la petición de la supuesta víctima, aún podría probar que el encuentro fué propiciado y autorizado mediante prueba escrita por ella.
    A veces ocurre que la supuesta víctima echa de menos al denunciado, y luego pasa lo que pasa.

  • se puede denunciar a una persona que esta incumpliendo esa orden haciendolo de forma secreta esa era mi cuestion espero tener noticias la verdad que al finas pasara algo y preciero que paguen por lo que incumplen gracias de antemano.

    • Conozco una pareja con orden de alejamiento que recae sobre el , pues resulta que viven juntos yo creo que es injusto pues además cobra los creo 400€ que le dan así les entra ese dinero que puedo hacer ? Gracias

  • Hola buenos días hace ya una año me pusieron una sentencia de orden de alejamiento por amenazas cosa que nunca buscaron dichas evidencias solo me sentenciaron sin más entonces llevo cumpliendo esa orden de alejamiento pero la mujer que me denunció no para de merodear en los alrededores de mi domicilio tengo una pequeña plaza frente de mi casa pues ella se sienta allí con su madre como si no pasará nada o bien hay un pequeño bar en la es quina de mi casa y allí está sentada con su madre insultando ami familia necesito ayuda de como proceder ante esa actitud mi pareja mi familia y yo estamos cansados prácticamente es como si fuera un acoso por favor necesito saber como proceder ante este hecho gracias y disculpen las molestias

  • mi expareja tiene una orden de alejamiento de 500 metros, de mi domicilio y el otro día iba con su coche cerca de mi domicilio se paro, me puso de todos y mas, y luego se va a la guardia civil, y encima me denuncia, cuando yo llegue allí estaba este individuo allí, siendo un embustero imperdernidos

  • Buenos días mi consulta es, denuncie a una chica x amenazas, insultos etc.. y a esta la hecharon de su vivienda de ocupa, y mas mas inri le pusieron una orden de alejamiento, no se puede acercar a mi, ni mi trabajo ,ni vivienda, ni lugares que frecuento, y la sinverguenza se mudo¿?¿?¿ se metio de ocupa en una vivienda enfrente de mi casa,incumpliendo la orden en toda regla que pasos debo llevar para que la justicia haga algo al respecto.

  • Buenas noches. Conozco un caso de una orden de alejamiento entre dos personas,pero la victima no solicito la orden,aun así a el le han impuesto cinco años de alejamiento. Me gustaría saber si ella podría solicitar la exclusión de la orden y otra pregunta....ella podría ayudarlo a coger un piso siendo su aval aunque haya una orden de alejamiento? Muchas gracias por la ayuda a través de su articulo. Un saludo

  • Me parece muy mal esto de poner ordenes de alejamiento asi x q niñas estan despechadas y luego son eyas las q persigen y acosan

  • La cuestión no está únicamente si la víctima es autora, que debiera serlo en un sentido, cuando un Juez interpone la orden de protección o de alejamiento, es para evitar un al del agresor hacia la víctima, y más en caso de personas referentes al art173.1 del código penal, si la víctima permite al agresor el acercamiento, sin denunciarlo, lo que comete es un delito contra la administración de justicia, dado a que el miedo de la víctima de ha esfumado y por tanto deja en entredicho lo ORDENADO POR UN JUEZ, por tanto se deducirá testimonio junto al fiscal y el agresor puede entrar en la cárcel porque de todas todas quién no puede acercarse es el agresor. Por tanto y en conclusión, cuando un juez que es una Autoridad dicta una orden de alejamiento o de protección, no es ninguna tontería, es que se ha evidenciado un peligro que algunas víctimas son temerarias al incumplir o no denunciar cosa que el agresor aprovecha para hacer daño.-

  • Yo estaba saliendo con un chico y el tiene una orden de alejamiento con su ex y el en junio de este año se ha ido con ella de vacaciones también ha estado 2 meses viviendo con su ex también se hablan por tlf y no pueden hacerlo el esta yendo al CIS como castigo durante un año yo tengo muchas pruebas de ellos que le pueden pasar a los dos

  • Una conocida tiene una bebé de 20 meses perdono la orden de alejamiento por su hija que tuviera su padre y por amor hacia el...que no lo volvería a hacer...iba a quitarle la orden...no lo ha hecho...y nada ha cambiado...ella lo quiere pero le ha pedido que se marche pues no quiere seguir viviendo así ni esa vida para su bebé...el le ha dicho que no se marcha... que no tiene a donde ir y que por lo menos en la cárcel tiene un techo... que vaya a la guardia civil pero que si va que sepa que ella también ira a la cárcel por incumplir la orden de alejamiento...la jueza dijo que la vivienda familiar era para el menor..el le ha dicho que o eso o compartir techo...ella solo quería tener una familia..que puede hacer

Artículos recientes

Embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo

El embargo trabado sobre bienes inembargables es nulo de pleno derecho por lo que carece…

9 octubre, 2024

La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios

¿La abstención en las votaciones de la Junta de propietarios se computa a favor de…

2 octubre, 2024

Usucapión en España: Tipos, Plazos y Requisitos para Adquirir una Propiedad

¿Qué es la Usucapión y cómo funciona en España? La usucapión, también conocida como prescripción…

1 octubre, 2024

El régimen de visitas en hijos de corta edad

¿Cómo se determina el régimen de visitas en hijos de corta edad tras la separación…

24 septiembre, 2024

Grooming: Qué es, cómo detectarlo y prevenirlo

En el año 2010 apareció  en el Código Penal el artículo 183 bis. Este artículo …

24 septiembre, 2024

Perturbación de los derechos reales inscritos en el Registro

Procedimiento judicial adecuado frente a un ataque o perturbación de los derechos reales inscritos en…

10 septiembre, 2024